Cambios en la legislación de la tarificación adicional protegerán más a los clientes. @CNMC_ES

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Salvo los servicios de alertas premium que requieren que el cliente confirme que se quiere dar de alta, la mayoría de los servicios de SMS premium cobran al usuario con solo remitir un SMS. En embargo hasta ahora se permitía que una APP permitiera escribir y remitir el SMS al número corto PREMIUM.

A partir de ahora APPS como la de GH que permiten votar y remiten el SMS evitando las molestias al cliente de escribir el mensaje serán prohibidas por LEY: "Establecer que la prestación de los servicios de tarificación adicional se realizará siempre a partir de la marcación directa por el usuario, a través de su terminal, del código de numeración correspondiente". 

Además prohibirá de forma directa la contratación de alertas premium mediante webs en Internet y solo se podrá activar enviando voluntariamente ALTA al número corto del servicio lo que ha sido motivado por el alto fraude en la red de muchas webs que todos conocemos: "Para ver la película GRATIS debes indicar tu móvil".

Por otro lado con el objetivo de proteger a los clientes de "fraude" telefónico establecerá un máximo de 6 meses para resolver cualquier conflicto o incumplimiento del código de conducta del propietario de la numeración o servicio. Se incluyen además otros puntos quizás algo conflictivos para las empresas del sector que verán como baja su volumen de negocio: "prohibición de llamadas entrantes o mensajes iniciales desde numeración de tarificación adicional." ; "prohibición del uso de la numeración de tarificación adicional para la prestación de servicios de atención al cliente o de posventa."

Personalmente creo que estas medidas pretenden destruir el negocio semi-legal de empresas que ganan dinero fácil aprovechándose de la ignorancia de los usuarios (usando el engaño)  y hacer más difícil el fraude en este servicio de telecomunicaciones. ¡Gracias por escuchar y proteger a los consumidores!

 

Enlaces: CNMC

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