Discograficas y Sociedades de Autor pierden batalla en Tribunal Europeo

La justicia europea autorizó este martes una ley española que permite a un proveedor de internet negarse a comunicar la identidad de internautas que intercambian de forma ilegal archivos de música, y a los que se pretendía iniciar una acción civil por no respetar los derechos de autor.

Agencias – «El derecho comunitario no obliga a los Estados miembros a divulgar datos personales con objeto de garantizar la protección efectiva de los derechos de autor en el marco de un procedimiento civil», indicaron los jueces de la Corte Europea de Justicia (CEJ) en un comunicado. Según la CEJ, la protección de la propiedad intelectual y de los derechos de autor «no puede ir en perjuicio de las exigencias relativas a la protección de los datos personales».

La asociación española de productores y editores de música Promusicae había exigido ante la justicia nacional que la compañía Telefónica revelase la identidad y la dirección de determinadas personas a las que presta un servicio de acceso a Internet.

Según Promusicae, estas personas utilizaban el programa de intercambio de archivos denominado ‘KaZaA’, que permite el acceso, en una carpeta compartida de su ordenador personal, a canciones cuyos derechos patrimoniales de explotación corresponden a los asociados de Promusicae. Pero Telefónica alegó que, conforme a la legislación española, la comunicación de los datos solicitados por Promusicae sólo estaba autorizada en el marco de una investigación criminal o para la salvaguardia de la seguridad pública y de la defensa nacional.

Ante esta situación, la justicia española pidió la opinión de los jueces europeos con sede en Luxemburgo. En concreto, el tribunal español preguntó si el derecho comunitario obligaba a los Estados miembros de la Unión Europea a imponer el deber de «comunicar datos personales en el marco de un procedimiento civil con objeto de garantizar una protección efectiva de los derechos de autor».

Pero si la CEJ considera que el derecho comunitario «no excluye la posibilidad de que los Estados miembros impongan el deber de divulgar datos personales en un procedimiento civil», tampoco «obliga a los Estados miembros a imponer tal deber». De este modo, la CEJ dejó en manos de cada Estado miembro la interpretación de las directivas europeas sobre propiedad intelectual y respeto de la vida privada en su aplicación a nivel nacional.

Sin embargo, la CEJ insta a garantizar «un justo equilibrio entre los diferentes derechos fundamentales», respetando «el principio de la proporcionalidad».

Algunos países europeos ha optado por mostrarse más firmes que España ante los internautas que intercambian música de forma ilegal. En Francia, por ejemplo, un proyecto de ley prevé una cooperación con los proveedores de acceso a internet para enviar mensajes de advertencia a los internautas que se dediquen a estas prácticas, con la posibilidad de suspender o anular su contrato de conexión en caso de reincidencia.

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