A menudo no leemos los contratos y hasta ahora MOVISTAR había perdido algunas sentencias al indicar que su oferta era para siempre y subió sin embargo precios, y en un primer caso el juez considero que el cliente tenía la razón, un contrato que firmo en el 2012 y en la que no se incluía una clausula que permitiera a la empresa cambiar precios.
Desgraciadamente en otro reciente caso el juez dió la razón a MOVISTAR debido a que en el contrato firmado por dicho cliente, MOVISTAR añade la sentencia que la cláusula 11 del contrato recoge la posibilidad de que éste sea modificado y que ello da derecho al usuario a resolverlo.
La decisión judicial deja unos malos precedentes en el sector, ya que a partir de ahora cualquier operador podrá subir los precios si justifica mejoras del servicio. Se hace por lo tanto cada día más necesario que se lance una ley de protección al consumidor que prohíba este tipo de clausulas que pueden perjudicar a los consumidores.
Pero la cosa no queda solo en eso, y es que da con la regla que deben seguir los operadores para ganar los casos: Si bien en la anterior sentencia no se demostraron mejoras en el servicio, en este caso si lo ha habido. En resumen, el operador que quiera subir precios debe incluir más cosas y mejorarlo y ya conseguirá subir el precio. ¡Menudo chasco! ¡Ya tienen el truco!
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