Deustsche Bank envia a sus clientes una guia práctica de la nueva Directiva de Servicios de Pago.

bancoaleman

Yo soy cliente de Bancorreos, un banco de Correos que tiene acuerdos con el Deutshe Bank  y he recibido recientemente una guia informandome de una nueva legislación que entra en vigor el 1 de Noviembre de 2009, afectando a todos los paises de la Comunidad Europea, incluido España.

La normativa afecta a las transferencias, domiciliaciones, y pagos realizados mediante tarjeta de crédito o débito. Dichas directivas se han puesto en marcha en defensa de los consumidores.

* Plazos de ejecución: Transferencias realizadas dentro de la CEE en un plazo máximo de 3 días habiles desde su recepción. Dentro de España, un máximo de 2 días hábiles salvo operaciones en papel que deberán realizarse en máximo 3 días.  A partir del 1 de Enero de 2012 no se podrá tardar más de 1 día.

* Fecha Valor: Los pagos recibidos deberán abonarse con la misma fecha valor en los que son recibidos si fueran hábiles o el siguiente día hábil más cercano. Esto obliga a las entidades bancarias a no poder jugar con el dinero del cliente y a dejarlo disponible inmediatamente.

* Solicitudes de devolución: Disfrutará de 8 semanas naturales para solicitar la devolución de domiciliaciones y de hasta 13 meses en casos de domiciliaciones no autorizadas. Esto protegerá a los clientes, pero a las empresas les pondrá en un buen aprieto ya que no podrán tener la seguridad que no va a ver devolución hasta pasado 13 meses (más de 1 año), algo parecido a lo que ocurre con pagos con tarjeta: ¿Optarán los comercios por pagos en efectivo o ingresos directos en cuentas?

* Operativa de ejecución: Para agilizar las ordenes de pago y dar cumplimiento a los plazos de ejecución, el banco queda facultado a procesar las ordenes de pago unicamente con el codigo de identificacion facilitado por los clientes (numero cuenta, digito control, Iban, Bic, swift...). Esto significa que no comprobarán los bancos que los datos sean correctos y los clientes tendrán que tener bien los datos. A menudo los bancos debían realizar consultas para hacer manualmente las operaciones, ahora, para cumplir con las compromisos se presupondrán como correctos.

* En la realización de pagos o transferencias ya no será posible solicitar que el coste sea asumido de forma exclusiva por el beneficiario, con lo que los costes serán OBLIGATORIAMENTE compartidos entre el ordenante y el beneficiario según los costes que cobre cada banco: ¿Aprovecharán los bancos para cobrarnos comisiones por recibir una transferencia?

* Si el banco no ejecuta un pago o éste se ejecutara de forma errónea, el Banco será responsable exclusivamente de los errores derivados de su propia actuación, y la suma reclamada en concepto de daños y perjuicios quedará limitado al importe del pago incrementando por las comisiones e intereses que correspondan; aunque la responsabilidad del banco por pérdidas indirectas se limitará a 12500€.

* Obligación de las entidades a informar a sus clientes por escrito y puntualmente de todos los cambios en los contratos y condiciones con una antelación mínima de 2 meses antes de la entrada en vigor: ¿no os parece esto muy similar a lo que ocurre en telefonía móvil?

Todo ello viene recogido en la Directiva Europea 2007/64/EC sobre Servicios de Pago en el mercado interior PSD con el objetivo de garantizar mayor protección y transparencia a los clientes por parte de las entidades.

Doy sin duda, un 10 al Deutch Bank por enviarme dicha información haciendome participe de mis derechos y nuevas protecciones a los que uno se acoge a partir del 1 de noviembre de 2009.

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