La Justicia argentina sobreseyó a los administradores del sitio web YouTube.com en una denuncia penal a raíz de la publicación de una película que tenía derechos de autor.
La Sala V de la Cámara del Crimen consideró que no hubo delito penal y dejó abierta la posibilidad de iniciar acciones por daños y perjuicios sobre obras con derecho de autor, pero descartó una sanción penal.
La causa se inició por la denuncia de la productora Pampa Films porque en YouTube, donde las personas suben gratuitamente videos, fue publicada la película "Un cuento chino", protagonizada por Ricardo Darín, sobre la que tiene los derechos de propiedad intelectual.
La productora sostuvo que el sitio web tuvo publicada la película durante nueve meses, fue vista por 196.966 personas y se benefició económicamente con las publicidades que promociona. Por eso denunció a YouTube, sus responsables en Google y los usuarios que publicaron el video.
Los camaristas Gustavo Bruzzone, Rodolfo Pociello Argerich y Mirta López González confirmaron un fallo de primera instancia que había archivado la denuncia y ahora sobreseyeron por inexistencia de delito a los denunciados, lo que da por cerrada la causa.
"La característica esencial es que los contenidos que se suben a YouTube no son conocidos anticipadamente por los que administran el sitio", argumentó el tribunal. "De hecho -continuó el fallo- en la mayoría de los casos provienen de filmaciones de particulares, ediciones privadas, o de medios periodísticos, o de la decisión positiva de difusión gratuita por parte de quienes tienen derechos reconocidos sobre una obra, etc".
"La prestación del servicio consiste en facilitar una herramienta cuyo uso ilegal no puede, como se dice, alcanzar al que la facilita", indicaron sobre los administradores de YouTube.
Los jueces explicaron que la responsabilidad del sitio "recién" se hará presente "cuando el que invoca el carácter de titular de un derecho lo puso efectivamente en conocimiento". YouTube retiró la película cuando fue advertida.
Sobre los usuarios que publicaron la película sostuvo que la acusación que les encuadra es la de estafa, un tipo penal que requiere un beneficio económico mediante un engaño que genere un perjuicio a la víctima, lo que no se da en este caso. Los camaristas detallaron que los usuarios no obtuvieron ningún beneficio y la película fue publicada íntegramente con sus créditos y sin ninguna modificación.
Los jueces opinaron que este tipo de sitios web de contenidos multimedia y, en general, el uso de internet, genera riesgos pero que son aceptados. "El sitio web cuya responsabilidad la querella pretende criminalizar, que reproduce videos online, esto es, presta un servicio de intermediación para subir contenidos y su característica esencial para socializar información cultural a nivel mundial, le otorgan una condición destacada", dijeron los magistrados.
"Esto pone en evidencia que, si bien nos encontramos frente a una actividad riesgosa, por los beneficios mencionados precedentemente en la difusión y promoción de contenidos culturales, es aceptada como un riesgo permitido", indicaron.