Recurren auto que exime de delito a la web "sharemula.com"

sharemulaLa Asociación de Distribuidores e Importadores Videográficos de Ámbito Nacional (ADIVAN) y las compañías cinematográficas que la componen, y Promusicae, han recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid, la resolución del juez Eduardo de Porres, titular del Juzgado de Instrucción 4 de Madrid, que la pasada semana dictó un auto de sobreseimiento libre a favor del portal de enlaces P2P "SHAREMULA.COM"

Esta web fue intervenida y sus responsables detenidos por la Brigada de Delitos tecnológicos de la Policía al publicar enlaces que facilitaban la descarga de películas sin el consentimiento de los legítimos propietarios de los derechos de propiedad intelectual.

La decisión del juzgado de Instrucción 4 de Madrid no crea precedente jurídico si se tienen en cuenta las 22 causas abiertas contra páginas web que, en todos los casos, están llevando adelante la instrucción, consideradas por el momento delito por los jueces que las tramitan. Además, en febrero, un auto de la Audiencia Provincial de Madrid en un caso semejante, reconoció la existencia de ánimo de lucro y, por tanto, indicios de delito en la actividad de la Web Todoalbums.net.

Durante el procedimiento ante el juzgado nº 4 de Madrid, los denunciantes solicitaron medidas que hubieran servido al Juez para acreditar la ilicitud de la actividad de Sharemula. Sin embargo, el magistrado no adoptó dichas medidas, por lo que el auto denegándolas ha sido recurrido por los denunciantes.

En su recurso, la industria de los contenidos, considera delito la actividad realizada por la citada página Web, ya que existe ánimo de lucro al promover vínculos que si comparten archivos de obras intelectuales sin el consentimiento del o de los propietarios legítimos de los derechos sobre las mismas.

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Informe Bercovitz

Según un informe encargado por FAP y PROMUSICAE al doctor Rodrigo Bercovitz, el ánimo de lucro se considera a partir del criterio del Tribunal Supremo, esto es, como “cualquier ventaja, utilidad, beneficio o rendimiento que se proponga obtener el sujeto activo, no importando ni el modo de materialización de su propósito lucrativo ni si llegó o no a obtenerlo finalmente”.

Así, entiende Bercovitz que las conductas que vulneran los derechos de reproducción y puesta a disposición, realizadas por los usuarios a través de P2P, se pueden considerar delito conforme al artículo 270.1 del Código Penal